Un conflicto vecinal sobre la alteración de las plazas de aparcamiento de una comunidad de propietarios llega a los tribunales, y la Audiencia Provincial de Tarragona ordena la restauración de la configuración original.
Modificación ilegal de plazas de aparcamiento
Una propietaria demandó a su comunidad de vecinos alegando que la modificación de las líneas de delimitación de plazas de aparcamiento en 2015 había ocupado zonas comunes y dificultado el acceso a su plaza. La comunidad argumentó que la modificación se realizó en 2008 como parte de unas reformas y que la propietaria había sido representada en las juntas donde se discutieron estas modificaciones sin manifestar oposición.
El tribunal de primera instancia desestimó la demanda, pero la propietaria apeló ante la Audiencia Provincial de Tarragona. Esta revocó la sentencia de primera instancia, concluyendo que las modificaciones constituían una "modificación de hecho del título de dominio y constitutivo de la propiedad horizontal", alterando ilegalmente los límites originales y ocupando zonas comunes sin acuerdo.
Obligación de consentimiento comunitario
La Audiencia Provincial destacó que cualquier modificación de los elementos comunes debe contar con el consentimiento de la comunidad de propietarios, a través de las mayorías necesarias en las juntas. La ocupación de zonas comunes por propietarios individuales sin este consentimiento es ilegal, incluso si resulta beneficiosa para algunos usuarios.
Por lo tanto, la comunidad de propietarios está obligada a restaurar las plazas de aparcamiento a su configuración original. Este fallo pone de manifiesto la importancia de mantener la integridad de las zonas comunes y el respeto a los derechos de todos los propietarios.