En el contexto económico actual, la Secretaría de Finanzas ha lanzado una invitación a las entidades financieras para participar en una operación de conversión de títulos públicos. Esta decisión se enmarca dentro del artículo 11 del Decreto 331/2022, que se encuentra incorporado a la Ley N° 11.672. La operación está dirigida a las entidades que han rescindido las opciones de liquidez de títulos públicos nacionales, según lo anunciado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) el 18 de julio de 2024. En este artículo, se detallarán los aspectos clave de esta operación, los títulos elegibles y los nuevos instrumentos que serán entregados.
Detalles sobre la operación de conversión de títulos públicos
La operación de conversión tiene como objetivo facilitar a las entidades financieras la reestructuración de sus activos en títulos públicos. Se busca que las entidades puedan canjear sus títulos elegibles por nuevos instrumentos que serán emitidos por el Estado Nacional. Este proceso se llevará a cabo a través de una licitación que se realizará el 1 de agosto de 2024, donde las entidades podrán presentar sus ofertas.
La participación en esta licitación está restringida a las entidades que hayan rescindido sus opciones de liquidez con el BCRA. Esto significa que solo las entidades que tienen un interés directo en la operación están habilitadas para presentar sus ofertas. Además, cada entidad deberá presentar sus ofertas de manera individual, sin la posibilidad de actuar en nombre de terceros.
Los Títulos Elegibles para la conversión
En el marco de esta operación, se han definido una serie de títulos que son considerados elegibles para la conversión. Estos títulos incluyen una variedad de bonos, cada uno de los cuales tiene características específicas que lo hacen adecuado para este proceso. A continuación, se listan los títulos que podrán ser convertidos:
- Conversión de BONCER TX25 (TE1)
- Conversión de BONCER TZXD5 (TE2)
- Conversión de BONCER TZXM6 (TE3)
- Conversión de BONCER TZX26 (TE4)
- Conversión de BONCER TZXM7 (TE5)
- Conversión de BONCER T3X5 (TE6)
- Conversión de BONCER T4X4 (TE7)
- Conversión de BONCER T2X5 (TE8)
- Conversión de BONCER T2X5 (TE9)
Estos títulos representan una parte significativa de la cartera de bonos del Estado, y su conversión permitirá a las entidades financieras optimizar sus activos y mejorar su liquidez.
Proceso de presentación de ofertas
El proceso de presentación de ofertas será por adhesión y se realizará desde las 11:00 hasta las 14:00 horas del 1 de agosto de 2024. Durante este período, las entidades deberán presentar sus ofertas por el valor nominal de los títulos elegibles que desean convertir. Es importante destacar que cada entidad solo podrá presentar una única oferta por cada título elegible, y el monto no podrá superar el valor nominal original del título utilizado en las operaciones de liquidez con el BCRA.
Una vez cerrado el período de recepción de ofertas, si alguna entidad presenta una oferta que excede el monto involucrado en la rescisión de las opciones de liquidez, la Secretaría de Finanzas se reserva el derecho de ajustar a la baja el monto ofertado. Esto garantiza que el proceso se mantenga dentro de los límites establecidos y que se protejan los intereses del Estado Nacional.
Liquidación de las ofertas y entrega de nuevos instrumentos
La liquidación de las ofertas recibidas y adjudicadas se llevará a cabo el 5 de agosto de 2024. Este proceso es crucial, ya que es el momento en que las entidades participantes recibirán los nuevos instrumentos en lugar de los títulos elegibles que han ofrecido para la conversión. Para determinar la cantidad de valor nominal a entregar de los nuevos instrumentos, se aplicará una fórmula específica que considera el valor nominal de los títulos elegibles ofrecidos y el precio de colocación de los nuevos instrumentos.
La fórmula a utilizar es la siguiente:
VNO NIn = VNO TEn * VT TEn / PC NIn
Fórmula de conversión de instrumentos
En esta fórmula, cada variable representa diferentes aspectos del valor de los títulos elegibles y de los nuevos instrumentos. Es fundamental que las entidades participantes comprendan esta fórmula para calcular correctamente el valor nominal de los nuevos instrumentos que recibirán.
Condiciones de participación y entrega de títulos elegibles
Las entidades que deseen participar en esta operación de conversión deberán cumplir con ciertas condiciones. Antes de las 17:00 horas del 2 de agosto de 2024, las entidades que presenten ofertas deberán transferir el total de su título elegible aceptado a la cuenta de la Secretaría de Finanzas. Esta transferencia debe realizarse en una única operación desde su cuenta en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BCRA.
Es importante señalar que si alguna de las entidades no cumple con la entrega del título elegible, no se acreditarán los nuevos instrumentos. Por lo tanto, la aceptación de esta condición es crucial para garantizar la participación exitosa en la operación de conversión.
Conclusiones sobre la operación de conversión
La operación de conversión de títulos públicos representa una oportunidad significativa para las entidades financieras en Argentina. A través de este proceso, se espera mejorar la liquidez del mercado y facilitar la reestructuración de activos. Las entidades participantes deben estar atentas a los plazos y condiciones establecidos para maximizar los beneficios de esta operación. La claridad en el proceso de conversión y la transparencia en la liquidación de ofertas son fundamentales para fomentar la confianza en el sistema financiero.
Fuente: noticiaspuertosantacruz.com.ar